El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó dos amparos ambientales y anuló una sentencia que había establecido distancias de fumigación superiores a las previstas por la Ley de Fitosanitarios, mientras que la concejal de Urdinarrain Mónica Feyt cuestionó la resolución y consideró que la normativa vigente implica un retroceso en materia ambiental. La decisión fue comunicada este martes y se vincula con dos causas relacionadas con aplicaciones de productos fitosanitarios.
El fallo fue dictado en los expedientes “Rosso Janet Ximena c/Haberkon Mauro Ariel y otros” y “Gareis Gerardo Ariel c/Estado Provincial y otros”. El Tribunal entendió que la Justicia no podía establecer un régimen de distancias diferente al fijado por la Ley Nº 11.178 sin declarar previamente la inconstitucionalidad de esa norma.
La sentencia de primera instancia había dispuesto que las fumigaciones terrestres se realizaran a una distancia mínima de 1.095 metros y las aplicaciones aéreas a 3.000 metros, tomando como referencia un fallo anterior del propio STJ, conocido como “Rosso I”. Ahora, el máximo tribunal entrerriano sostuvo que esas distancias no surgen de la legislación actualmente vigente y que la Ley Nº 11.178 establece su propio esquema de zonas de exclusión y amortiguamiento.
El STJ también señaló que el rechazo de los amparos no significa desatender la protección ambiental ni la tutela de la niña involucrada en una de las causas, sino que consideró que no estaban acreditados con la suficiencia necesaria los requisitos para resolver la cuestión mediante esa vía judicial. Además, cuestionó que determinados loteos fueran considerados judicialmente como planta urbana o zona sensible sin el respaldo registral y administrativo correspondiente.
La resolución volvió a poner en discusión el alcance de las distancias establecidas por la legislación provincial. En declaraciones al programa A Quien Corresponda, de Radio Plaza, Feyt sostuvo que “la ley es un retroceso” y cuestionó que las nuevas disposiciones reduzcan las distancias que habían sido consideradas necesarias en antecedentes judiciales. “Ahora parece que vale todo”, afirmó la dirigente de Urdinarrain.
Feyt recordó que en su ciudad existe desde 2016 una ordenanza que estableció un resguardo ambiental de 600 metros y afirmó que, pese a esa normativa, observa sectores sembrados y fumigados junto a rutas. También mencionó situaciones vinculadas con depósitos de agrotóxicos en el parque industrial de Urdinarrain y expresó su preocupación por la presencia de estas actividades en una zona que consideró ambientalmente sensible.
En ese marco, la concejal cuestionó la evolución de las políticas sobre fitosanitarios durante los últimos años y apuntó particularmente contra la Ley Nº 11.178 y el denominado Protocolo de Buenas Prácticas. Su planteo contrasta con el argumento central del STJ: para el Tribunal, mientras la normativa vigente no sea declarada inconstitucional, no corresponde que una sentencia judicial la sustituya por otro régimen de distancias.
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