La Cámara Federal derivó a la Justicia provincial un hábeas corpus por atención médica en Concordia

La Cámara Federal de Paraná resolvió el viernes mantener la decisión que declaró incompetente al Juzgado Federal N.º 1 de Concepción del Uruguay para intervenir en un hábeas corpus presentado por un detenido alojado en la Unidad Penal N.º 3 de Concordia, quien denunció falta de atención médica adecuada. El tribunal dispuso que el caso sea remitido a la Justicia provincial de Concordia, al considerar que los hechos señalados involucran al personal médico del Servicio Penitenciario de Entre Ríos.

La resolución fue adoptada por los jueces Mateo José Busaniche y Cintia Graciela Gómez, quienes revisaron la decisión del magistrado federal de primera instancia. El detenido, identificado en el expediente como JMM, se encuentra a disposición del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay.

La presentación judicial se realizó por un presunto agravamiento de las condiciones de detención, a raíz de la supuesta falta de atención médica adecuada por parte del personal de la unidad penitenciaria. Ante el reclamo, el magistrado subrogante había requerido con carácter urgente a las autoridades del establecimiento que garantizaran la atención sanitaria y el resguardo de la salud del detenido.

Al analizar el expediente, la Cámara Federal sostuvo que la competencia para resolver el caso depende de qué autoridad habría originado la situación denunciada. Para ello, tomó como referencia los artículos 2 y 8 de la Ley 23.098, que regulan la intervención judicial en los procedimientos de hábeas corpus.

Esas disposiciones establecen que la competencia corresponde a la Justicia federal cuando el acto denunciado proviene de una autoridad nacional, mientras que debe intervenir la Justicia provincial si se atribuye a una autoridad de esa jurisdicción.

En este caso, los magistrados consideraron que el hecho señalado por el detenido no estaría vinculado con una autoridad nacional, sino con personal médico dependiente del Servicio Penitenciario provincial. Por ese motivo, coincidieron con el criterio del juez de primera instancia y con el dictamen del fiscal general interino.

De esta manera, la Cámara mantuvo la declaración de incompetencia del fuero federal y dispuso la remisión de las actuaciones al juzgado provincial de Concordia que corresponda. La resolución define qué jurisdicción deberá tramitar el reclamo, pero no determina si existió efectivamente una falta de atención médica ni resuelve el fondo de la denuncia.

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