El Juzgado Federal y la Cámara Federal de Paraná ordenaron a la obra social PAMI brindar la cobertura total e inmediata de la internación de una mujer de 93 años en una residencia geriátrica de Concepción del Uruguay, tras la presentación de un amparo de salud llevado adelante por el abogado Valodia Nichajew. La resolución concluyó con la ratificación unánime del tribunal para rechazar el intento de la entidad de trasladar a la afiliada a otra localidad, garantizando así su atención en el ámbito local.
La acción judicial se originó a partir de la negativa inicial del organismo nacional para costear la estadía en el establecimiento uruguayense. Frente a este escenario, la familia impulsó la medida legal sostener que un desplazamiento fuera de la ciudad atentaba contra la estabilidad emocional y el derecho a mantener el contacto diario con sus seres queridos.
En sus considerandos, los magistrados intervinientes señalaron que las trabas y formalidades administrativas de las prestaciones médicas no representan un obstáculo válido frente al derecho a la salud. Asimismo, apoyaron la decisión en el principio de progresividad de los derechos de los adultos mayores y en los tratados de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, destacando que el vínculo con el entorno cercano resulta un factor determinante para el bienestar biopsicosocial.
Este pronunciamiento judicial sienta un precedente significativo para los afiliados y usuarios del sistema sanitario en la región. El fallo consolida la efectividad de los recursos de amparo como herramienta legal para exigir la cobertura urgente de tratamientos, internaciones y medicamentos ante la falta de respuestas o negativas infundadas por parte de obras sociales y empresas de medicina prepaga.
Si valorás nuestro trabajo periodístico independiente, podés colaborar con $1.000 para impulsar este proyecto en el siguiente enlace: https://ojourbano.com.ar/impulsa-este-proyecto/
