El delincuente Rubén Alberto Cabra, alias “Petro”, condenado a 10 años de prisión por secuestrar y explotar sexualmente a una adolescente en un prostíbulo de Concepción del Uruguay, se fugó de la Justicia tras presenciar la lectura de su veredicto de manera virtual a través de la plataforma Zoom. El hecho, que generó indignación en los tribunales locales, ocurrió el pasado martes 16 de junio desde el domicilio del acusado en la provincia de Chaco. El proceso finalizó este miércoles con la firma de una orden de captura nacional e internacional por parte del juez de Cámara, Sebastián Gallino, luego de constatarse que el imputado vació sus viviendas aprovechando que el tribunal no había dispuesto su inmediata detención preventiva.
El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, liderado en el debate unipersonal por la jueza Mariela Emilce Rojas, le había impuesto a Cabra restricciones básicas de conducta en lugar de la cárcel inmediata. El absurdo se constató el 20 de junio, cuando efectivos de Gendarmería Nacional acudieron a su vivienda en la localidad de Villa Ángela para notificarlo formalmente de las reglas. En el lugar, los agentes fueron atendidos por familiares del prófugo, quienes confirmaron que el hombre se había marchado llevándose todas sus pertenencias el mismo día en que escuchó la sentencia condenatoria, obteniendo cuatro días de ventaja para huir.
Las tareas de inspección de la fuerza federal civil en las direcciones declaradas por el delincuente empeoraron el panorama de búsqueda. En una de las viviendas de la calle Berna, los uniformados hallaron a la cuñada de Cabra, quien habitaba la propiedad desde hacía apenas cuatro días; mientras que en otro domicilio sobre la avenida Kennedy, su pareja aseguró desconocer su paradero actual. La evasión causó un profundo desamparo institucional en la víctima, una mujer que fue captada mediante engaños en 2006 y sometida a un violento régimen de permanencia en el desaparecido comercio nocturno «Snack Bar», ubicado en el cruce de las rutas nacionales 14 y 39 de nuestra ciudad.
La denuncia original ingresó a través de la Línea 145 en 2019 y fue motorizada localmente por la fiscal federal Josefina Minatta, logrando identificar a la afectada en 2021. La sentencia contra “Petro” Cabra —quien quedó como único acusado tras la muerte de su tío y dueño del prostíbulo— incluía una histórica reparación económica de 65.292.000 pesos para la damnificada, además del decomiso del inmueble sobre la ruta. Sin embargo, tras la aplicación del artículo 288 del Código Procesal Penal de la Nación que formaliza la alerta roja por rebeldía, la ejecución de la condena y la indemnización monetaria quedaron suspendidas hasta tanto las fuerzas de seguridad logren dar con el paradero del evadido.
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